Hollín y humo provocan asma y enfermedades respiratorias
Santo Domingo.- Un estudio elaborado por la empresa Ambient System determinó que las emisiones de los gases, producto de la combustión de la planta eléctrica de la subestación que la compañía Claro Dominicana tiene en el residencial Ana Teresa Balaguer (Hainamosa), están fuera de los parámetros establecidos por las normas ambientales para el control de las emisiones contaminantes atmosféricas.
El estudio de Ambient System, empresa consultora industrial y ambiental autorizada por Claro Dominicana para realizar dicho estudio y que fue solicitado por la Junta de Vecinos del residencial Ana Teresa Balaguer a la Procuraduría de Medio Ambiente, demuestra que el humo y hollín que emite la planta eléctrica afectan la salud de varias familias del sector que viven un infierno y se han visto en la obligación de mantener cerradas sus ventanas día y noche.
Los principales hallazgo del estudio son que las emisiones de la planta eléctrica están fuera de las normas ambientales, que los niveles de partículas suspendidas totales están por encima de los parámetros establecidos por las normas de calidad de aire, que los niveles de humos están fuera de las especificaciones de los estándares de las emisiones visibles.
Empero, la empresa en su estudio no analizó que las viviendas vibran con el encendido de la planta eléctrica, lo que afecta las edificaciones de los vecinos, luego que la empresa Claro instaló en el vecindario una torre o antena sin contar con la aprobación de los vecinos.
De acuerdo a un análisis del informe hecho por técnicos medioambientalistas, las emisiones de hollín y de humo provocan daño celular en el pulmón y en el tejido pulmonar que causan edema luego de periodo de lactancia de 2-24 horas, aumento de la frecuencia de cáncer pulmonar, irritación en la piel y mucosas, muertes prematuras, además de agravación del asma y de enfermedades cardiovasculares, así como de otros síntomas respiratorios severos.
Desde hace varios años la Junta de Vecinos del residencial Ana Teresa Balaguer denunció que sus moradores sufren daños por la emisión de gases, hollín y humo que produce un generador que tiene Claro, con apenas un metro de distancia de la vivienda más cercana, por lo que varias familias interpusieron una demanda contra la empresa de telecomunicaciones Claro Dominicana-Codetel por los daños y perjuicios que causan a la salud de los vecinos. La subestación de Claro está ubicada en la calle Central esquina 2 del referido sector.
La demanda hecha a través del abogado Ceferino de los Santos la encabezan el empresario del comercio, Juan Taveras, el periodista José Javier, el oficial retirado de la Policía Nacional, Aquiles de los Santos, la administradora de empresa, Francis Y. Javier Delgado, La estilista de belleza, Francisca Delgado, los técnicos en informáticas Luis Javier Delgado y Javier José Javier Delgado, y las señoras Maximina Ramona de la Rosa Santos y Seneida Pérez Ramírez.
Los denunciantes plantearon que debido a la emisión de hollín y gases que emite el generador de Claro llevan varios años viviendo un infierno. La emisión de hollín y gases del generador de Claro, pese a mantener sus ventanas cerradas, provoca en los vecinos enfermedades respiratorias, asma, gripe, dolores en el cuerpo y bronquitis, lo que obliga a las familias a gastar cuantiosos recursos en medicinas para sobrevivir, sostienen los demandantes.
A esa situación se une el peligro que representa la gigantesca antena, por la cercanía con las viviendas con distancias que oscilan entre uno y siete metros, y que cuando encienden el generador los movimientos se sienten dentro de los hogares y se agrietan las paredes, preocupación que aumenta más cuando se va la energía eléctrica.
Los afectados denunciaron que fundaron el sector en el año 1990 y que a partir del 2003 fue instalada la gigantesca antena de Claro sin el consentimiento de los vecinos, lo que viola la ley 64-00 sobre medioambiente.
Demandaron del ministro de Medio Ambiente, Francisco Domínguez Brito y del procurador de la República, Jean Alain Rodríguez, así como a la jueza de la Quinta Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional que apliquen la ley 64-00 sobre medio ambiente y condenen a la empresa Claro Dominicana, a fin de resarcir los daños de las familias afectadas por la instalación de esa multinacional dentro del residencial en violación a la ley.
Señalan que los artículos 80, 93 y 113 de la ley 64-00 sobre medio ambiente son muy claros sobre la instalación de empresas en lugares donde hay asentamientos humanos o residenciales. El 80 señala que serán objeto de controles por la Secretaría de Medio Ambiente todos los procesos que puedan afectar la salud humana.
El 93 indica que esa Secretaría reglamentará el control, emisión de gases y ruidos dañinos y contaminantes provocados por plantas eléctricas, motores de combustión interna, calderas y actividades industriales y el 113 que las industrias, depósitos y otras instalaciones que por su naturaleza pueden causar deterioro ambiental deberán situarse en zonas apartadas de los asentamientos humanos.
Por La Redacción
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