Santo Domingo.- El Senado aprobó la noche de este miércoles, en única lectura, el Código Penal Dominicano y la Ley de Lavado de Activos y Terrorismo.
El senador Rafael Calderón presentó un informe, rechazando las observaciones realizadas por el Poder Ejecutivo y pidió al pleno acoger el mismo para ratificar la iniciativa, tal y como fue aprobada en la Cámara Alta el pasado 14 de diciembre del 2016.
Durante la sesión, los senadores modificaron el artículo 110 del Código Penal que se refiere al aborto, y se eliminó un párrafo que mandaba a crear una ley especial.
Este párrafo expresaba: “La interrupción del embarazo por causa de violación, incesto o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial”.
Se específica que el aborto se castigará con penas de dos a tres años de presión, y se incluye a la mujer que lo cause o a una persona que le ayude.
Del mismo modo al médico, enfermera, partera, cirujano, farmacéutico u otro profesional que ayuden a causar el aborto. La pena sería de cuatro a 10 años.
Ley Lavado de Activos
En cuanto al proyecto de Ley contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, este sustituye y deroga la Ley No.72-02 sobre el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas.
El senador Manuel Paula solicitó que el mismo fuera liberado de lectura, y contó con el voto favorable de los 29 senadores presentes. Igual fue aprobado con el consenso de todos.
Entre las modificaciones están el artículo 2, numeral 17 y 33 relacionados con la sociedad de cooperativa y la inclusión de las bancas de lotería, bancas concesionarias, juegos de azar y de apuestas.
La nueva ley establece que las Cooperativas de Ahorros y Créditos sean supervisadas por el Instituto del Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop). Además, se incluyó a las bancas de lotería o apuestas, y concesionarios de loterías y juegos de azar como sujetos obligados no financiero.
El artículo 17, que tiene que ver de los órganos y/o entes supervisores de sujetos obligados: expresa que “a los fines específicos de esta ley, cuando el sujeto obligado sea una entidad local o extranjera que realice intermediación financiera o cambiaria, sea sociedad fiduciaria que ofrece servicios a una entidad financiera o a un grupo financiero quedará bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos”.
Precisa la iniciativa que “cuando el sujeto obligado sea una persona que esté autorizada a operar directamente en el Mercado de Valores, incluyendo las fiduciarias de oferta pública, quedará bajo la supervisión de la Superintendencia de Valores; cuando el sujeto obligado sea una persona que esté autorizado a operar en el Sector de Seguros, quedará bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguros”.
Se establece que cuando el sujeto obligado sea una Sociedad Cooperativa, quedará bajo la supervisión Idecoop; cuando el sujeto obligado sea casino, juegos de azar, bancas de lotería o apuestas, o concesionarios de loterías y juegos de azar, quedará bajo la supervisión de la Dirección de Casinos y juegos de Azar del Ministerio de Hacienda.
Seguridad privada
Asimismo la Cámara Alta, sancionó el proyecto de Ley de Seguridad Privada.
Retiro inmunidad
En la sesión de este miércoles, el Senado apoderó a la Comisión Permanente de Justicia y Derechos Humanos, con un plazo de dos meses, la solicitud de la Procuraduría General de la República, del retiro de la inmunidad parlamentaria de los legisladores Tommy Alberto Galán y Julio César Valentín Jiminián.
El presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, solicitó incluir en el orden del día la solicitud del procurador Jean Alain Rodríguez.
Asimismo, informó que el Senado recibió dos notificaciones por el juez Especial de la Instrucción de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Francisco Ortega Polanco, en la que solicita ponderar los artículos 86, 87 y 89 de la Constitución acerca del retiro de la protección de la función legislativa con respecto a los legisladores antes mencionados.
En tal sentido, sometió la moción, por entender que se debe ponderar la decisión para que se analice bien la solicitud antes de que la misma sea aceptada o rechazada, ya que debe estar precedida de un estudio bien ponderado.
Las iniciativas tratan sobre dos resoluciones del magistrado Ortega Polanco que procuran el levantamiento de la inmunidad de los senadores.
Expresó que los colegas, a pesar de la protección especial que le guarda el artículo 87, estos de manera desprendida están acudiendo al llamado de las autoridades.
Fuente:Paul Pimentel
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