Bueno Aires.- La Corte Suprema argentina resolvió no hacer lugar a la anulación emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de la condena contra dos periodistas que en 1995 revelaron la existencia de un hijo extramatrimonial del entonces presidente Carlos Menem, informaron hoy fuentes judiciales.
"El voto conjunto consideró que no correspondía hacer lugar a lo solicitado en tanto ello supondría transformar a la Corte IDH en una 'cuarta instancia' revisora de los fallos dictados por los tribunales nacionales", transmitió hoy el máximo tribunal argentino en un comunicado.
Para cuatro de los cinco miembros que integran el Supremo argentino, ello entraría en contradicción con "el sistema interamericano de derechos humanos y de los principios de derecho público de la Constitución Nacional".
"La Corte Interamericana de Derechos Humanos es la máxima intérprete de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (llamada Pacto de San José de Costa Rica) y la Corte Suprema de Justicia de la Nación es la máxima intérprete de la Constitución Nacional", resaltaron las fuentes.
Solo el juez Juan Carlos Maqueda se pronunció a favor de dejar sin efecto la sentencia emitida por la propia Corte contra Jorge Fontevecchia y Héctor D'Amico.
Maqueda entiende que Argentina debería anular el fallo porque las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son "obligatorias" en tanto que el país es suscriptor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).
"Frente a este compromiso elemental del sistema interamericano de derechos humanos, no existen razones de orden interno para dejar de cumplir obligaciones ya asumidas", argumentó.
Fontevecchia y D'Amico, como director y editor de la revista Noticias, respectivamente, hicieron una publicación sobre la existencia de un hijo no reconocido del entonces presidente argentino Carlos Ménem, cuya madre era una diputada nacional.
Menem demandó a Noticias y a los periodistas por "violación de la intimidad", y en 1997 estos fueron condenados a pagar una indemnización.
Tras estudiar el caso a petición de los condenados, la Corte Interamericana falló en 2011 a favor de anular la sentencia por considerar que violaba el derecho de libertad de expresión.
Fuente:Externa
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