Santo Domingo.- El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) y la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) salieron al frente este lunes a la la exigencia de la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) de que los servicios previos a intervenciones quirúrgicas se realicen en sus centros afiliados viola la Ley Protección al Consumidor y Usuario.
Durante una asamblea, los dueños de clínicas asociadas acordaron que personas que vayan a practicarse cirugías y otras intervenciones en las 116 clínicas que conforman la red solo podrán hacerse los estudios diagnósticos en esos centros, según manifestó Rafael Mena, presidente de (Andeclip).
En un comunicado, la entidad de defensa del consumidor responde al anuncio indicando que esa decisión obligaría a los pacientes a que toda cobertura de analíticas, imágenes y otros estudios diagnósticos se realicen en los establecimientos afiliados a la red de Andeclip.
Ese hecho “afectaría a la libertad de elección y a la protección de los intereses económicos de los consumidores y usuarios, porque no podrían utilizar un centro de su confianza y porque los precios los fijaría esa red, por tanto, quedarían desprovistos de la posibilidad de elegir en función de costo beneficio.”
La ley de protección al consumidor establece que los consumidores tienen derecho a “acceder a una variedad de productos o servicios que permitan su elección libre, al igual que le permitan seleccionar al proveedor que a su criterio le convenga”.
“Pro Consumidor comparte con Andeclip la necesidad de que los estudios diagnósticos previos a una cirugía tengan la calidad y precisión suficiente para no inducir a errores médicos, pero entiende que la vía correspondiente es exigir calidad de todos los centros que hacen análisis y medios diagnósticos, aplicando los protocolos de lugar”, apunta la nota.
Una decisión de esa naturaleza también es contraria a otras disposiciones como la Ley que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social y Ley General de Competencia, en las que se contemplan los principios de la libre elección y de la libertad de competencia en el mercado.
Por Consumidor llamó al presidente de Andeclip y a los miembros que conforman esa asociación a una mesa de trabajo para revisar esta postura y a buscar mejores soluciones que respeten los derechos de los consumidores.
De su lado, la DIDA considera que la posición de la Asociación Nacional De Clínicas Privadas (ANDECLIP) imita la decisión de otros Prestadores de Servicios de Salud (PSS), como lo hace La Plaza de la Salud.
Para ese caso, ya previamente esta entidad había solicitado a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que intervenga, porque -a su juicio- esta práctica violenta el artículo 50 de nuestra Constitución y el principio de la libre elección consagrado en los artículos 3 y 4 de la Ley 87-01.
“Además de ser una actitud que atenta contra la libre empresa, la libre elección de los afiliados a la seguridad social, atenta contra la confianza y la seguridad que los pacientes tienen en determinados centros diagnósticos y de analíticas”, agrega.
Recuerda que no todos los PSS cuentan con la tecnología suficiente o adecuada para garantizar la seguridad del paciente.
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